El
acoso laboral o
acoso moral en el trabajo, conocido comúnmente a través del término ingles
mobbing: ‘asediar’, ‘acosar’, ‘acorralar en grupo’
es tanto la acción de un hostigador u hostigadores conducente a producir miedo
, terror
, desprecio o desanimo
en el trabajador afectado hacia su trabajo, como el efecto o la enferemedad que produce en el trabajador. Esta persona o grupo de personas reciben una violencia psicologica
injustificada a través de actos negativos y hostiles dentro o fuera del
trabajo por parte de grupos sociales externos, de sus compañeros
("acoso horizontal", entre iguales), de sus subalternos (en sentido
vertical ascendente) o de sus superiores (en sentido vertical
descendente, también llamado
bossing, del inglés
boss,
jefe). Dicha violencia psicológica se produce de forma sistemática y
recurrente durante un tiempo prolongado, a lo largo de semanas, meses e
incluso años, y a la misma en ocasiones se añaden "accidentes fortuitos"
y hasta agresiones físicas, en los casos más graves. Una situación de
acoso muy prolongada en el tiempo, además de enfermedades o problemas
psicológicos, puede desembocar, en situaciones extremas, en el suicidio de la víctima.
Lo que se pretende en último término con este hostigamiento
,
intimidación o perturbación (o normalmente la conjugación de todas
ellas) es el abandono del trabajo por parte de la víctima —o víctimas—,
la cual es considerada por sus agresores como una molestia o amenaza
para sus intereses personales (necesidad de extorsión, ambición de
poder, de riquezas, posición social, mantenimiento del statu quo, etc.)
La incidencia poblacional del acoso laboral se calcula que se
encuentra entre el 10 y el 15 % del total de los trabajadores en activo.
Carácter objetivable del acoso laboral
El acoso laboral, al producirse, siempre debe ser comprobable. A
pesar de que puede llegar a utilizar tácticas muy sutiles y que las
conductas de acoso llegan a tener un carácter clandestino, por no dejar
excesivas huellas externas, ni contar con testigos dispuestos a revelar
lo que han presenciado, el ámbito de la evaluación del acoso en el
trabajo debe ser prioritariamente algo
objetivo y no meramente subjetivo.
Su definición correcta implica establecer y objetivar el carácter
real y fehaciente de una serie de comportamientos que, a pesar de que
son habitualmente negados por quienes los practican, se pueden
establecer o acreditar externamente por testigos, registros, grabaciones
o documentos.
Tales indicadores objetivables muestran que el
mobbing no se
encuentra tan solo en una especie de mente paranoide o autorreferencial
de las víctimas, sino que las conductas de hostigamiento que lo originan
existen en la realidad, incluso fuera del espacio laboral,
trascendiendo a la familia, el hogar y los círculos sociales que
frecuenta la persona.
Características del mobbing
Según el profesor Iñaki Piñuel y Zabala son estrategias habituales en el acoso laboral las siguientes:
- Gritar, avasallar o insultar a la victima cuando está sola o en presencia de otras personas.
- Asignarle objetivos o proyectos con plazos que se saben
inalcanzables o imposibles de cumplir, y tareas que son manifiestamente
inacabables en ese tiempo.
- Sobrecargar selectivamente a la víctima con mucho trabajo y presionarla excesivamente.
- Amenazar de manera continuada a la víctima o coaccionarla.
- Quitarle áreas de responsabilidad clave, ofreciéndole a cambio
tareas rutinarias, sin interés o incluso ningún trabajo que realizar
("hasta que se aburra y se vaya").
- Modificar sin decir nada al trabajador las atribuciones o responsabilidades de su puesto de trabajo.
- Tratarle de una manera diferente o discriminatoria, usar medidas
exclusivas contra él, con vistas a estigmatizarlo ante otros compañeros o
jefes (excluirle, discriminarle, tratar su caso de forma diferente,
trasladarle a puestos inferiores, rebajarle el sueldo).
- Ignorarle ("hacerle el vacío") o excluirlo, hablando sólo a una
tercera persona presente, simulando su no existencia ("ninguneándolo") o
su no presencia física en la oficina, o en las reuniones a las que
asiste ("como si fuese invisible").
- Retener información crucial para su trabajo o manipularla para
inducirle a error en su desempeño laboral, y acusarle después de
negligencia o faltas profesionales.
- Difamar a la víctima, extendiendo por la empresa u organización
rumores maliciosos o calumniosos que menoscaban su reputación, su imagen
o su profesionalidad.
- Infravalorar o no valorar en absoluto el esfuerzo realizado por la víctima, negándose a evaluar periódicamente su trabajo.
- Bloquear el desarrollo o la carrera profesional, limitando
retrasando o entorpeciendo el acceso a promociones, cursos o seminarios
de capacitación.
- Ignorar los éxitos profesionales o atribuirlos maliciosamente a
otras personas o a elementos ajenos a él, como la casualidad, la suerte,
la situación del mercado, etc.
- Criticar continuamente su trabajo, sus ideas, sus propuestas, sus
soluciones, etc.; o simplemente no tomarlas en cuenta bajo cualquier
pretexto.
- Monitorizar o controlar malintencionadamente su trabajo con vistas a
atacarle o a encontrarle faltas o formas de acusarle de algo.
- Castigar duramente o impedir cualquier toma de decisión o iniciativa
personal en el marco de sus responsabilidades y atribuciones.
- Bloquear administrativamente a la persona, no dándole traslado,
extraviando, retrasando, alterando o manipulando documentos o
resoluciones que le afectan.
- Ridiculizar su trabajo, sus ideas o los resultados obtenidos ante los demás trabajadores, caricaturizándolo o parodiándolo.
- Invadir la privacidad del acosado interviniendo su correo, su teléfono, revisando sus documentos, armarios, cajones, etc.
- Robar, destruir o sustraer elementos clave para su trabajo.
- Atacar sus convicciones personales, ideología o religión.
- Animar a otros compañeros/jefes a participar en cualquiera de las
acciones anteriores mediante la persuasión, la coacción o el abuso de
autoridad.
- Atentar contra la ergonomia del trabajador en su sitio laboral.
- Asignarle tareas humillantes, incómodas o desagradables.
JLF